De acuerdo a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado de Quintana Roo, las reuniones de la Asamblea se regirán por lo siguiente:

  1. Serán presididas por el condómino que designe la Asamblea, dos escrutadores pudiendo ser propietarios o terceros también designados por la Asamblea y un Secretario cuya función será desempeñada por el Administrador o a falta de éste por quien designe la Asamblea o bien disponga el Reglamento. 
  2. Para el desahogo de la reunión de la Asamblea se podrá contratar los servicios de un moderador o de un asesor a fin de desahogar la misma con orden, facilitando la interacción de los presentes y brindando asesoría para cumplir las formalidades de la misma, así como proporcionar los lineamientos legales respecto a los puntos que serán materia de discusión.
    El moderador o asesor deberá ser imparcial, objetivo y trabajará para el bien común de la Asamblea. Sin perjuicio de lo anterior, el moderador o asesor de la reunión de la Asamblea podrá también colaborar en la redacción de la minuta de la reunión, pero nunca suplirá el carácter y función del Presidente y en su caso del Secretario.
  3. Las reuniones ordinarias se celebrarán obligatoriamente por lo menos una vez cada seis meses y las extraordinarias cuantas veces sean convocadas con la anticipación que las circunstancias lo exijan, conforme a lo dispuesto por la Ley, la Escritura Constitutiva y el Reglamento del Condominio.
  4. Las reuniones de la Asamblea, ya sea ordinarias o extraordinarias, se desahogarán en el idioma español y en caso de ser requerido por los condóminos podrán ser asistidos por un traductor que facilite la comunicación y la toma de acuerdos en la misma.
  5. Las reuniones de la Asamblea, ya sea ordinarias o extraordinarias, podrán celebrase de manera presencial y/o a distancia mediante el uso de plataformas digitales. 

Los condóminos podrán optar libremente por la modalidad de su participación en las reuniones de la Asamblea, ya sea en las ordinarias o extraordinarias.

Las reuniones de la Asamblea, ya sea ordinarias o extraordinarias, en su modalidad presencial se llevarán a cabo en el domicilio del condominio, salvo casos de fuerza mayor o bien por ser necesario y poder facilitar la participación de los interesados. 

En las reuniones de la Asamblea, ya sea ordinarias o extraordinarias, en su modalidad a distancia, se implementará el uso de cualquier plataforma digital que facilite y permita proyectar la imagen del condómino en tiempo real, así como hacer uso de la voz para efecto de poder emitir su votación sin la necesidad de un apoderado legal que participe físicamente en la reunión, sirviendo de prueba la grabación.