Asamblea general de condóminos

Conoce su importancia y cómo está conformada

La Asamblea General de Condóminos es el órgano supremo y máxima autoridad del condominio en donde se reúnen todos propietarios y quienes estén en proceso de serlo. Ésta se celebra previa convocatoria y en ella se tratan, discuten y resuelven los asuntos de interés común del condominio.

Las Asambleas Generales de Condóminos pueden ser ordinarias y extraordinarias, esto de acuerdo a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.

  1. Las ordinarias se celebran cada seis meses teniendo como finalidad informar el estado que guarda la administración del condominio, así como tratar los asuntos concernientes al mismo.
  2. Las extraordinarias se celebran cuando hay asuntos de carácter urgente que atender y para:
    1. La modificación de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio o del Reglamento Interno.
    2. La extinción voluntaria del Régimen de Propiedad en Condominio.
    3. La ejecución de obras nuevas.
    4. Acordar lo conducente en caso de destrucción, ruina o reconstrucción del condominio.

La Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal indica que la asamblea general deberá de estar conformada de la siguiente manera:

  1. ADMINISTRADOR CONDÓMINO: Es el condómino de la unidad de propiedad privativa, que no siendo administrador profesional, sea nombrado Administrador por la Asamblea General.
  2. ADMINISTRADOR PROFESIONAL: Persona física o moral, que demuestre capacidad y conocimientos en administración de condominios que es contratado por la Asamblea General.
  3. CONDÓMINO: Persona física o moral, propietaria de una o más unidades de propiedad privativa y, para los efectos de esta Ley, y su Reglamento, a la que haya celebrado contrato en virtud del cual, de cumplirse en sus términos, llegue a ser propietario bajo el régimen de propiedad en condominio.
  4. COMITÉ DE VIGILANCIA: Órgano de control integrado por condóminos electos en la Asamblea General, cuyo cometido entre otros, es vigilar, evaluar y dictaminar el puntual desempeño de las tareas del administrador, así como la ejecución de los acuerdos y decisiones tomados por la Asamblea General en torno a todos los asuntos comunes del condómino.
  5. REGLAMENTO INTERNO: Es el instrumento que regula el uso de las áreas comunes y establece las bases de sana convivencia al interior del condominio, el cual complementa y especifica las disposiciones de esta Ley de acuerdo a las características de cada condominio.

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Fuentes:

https://www.administraciondecondominios.com.mx/que-es-la-asamblea-general-de-condominos/

Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para la Ciudad de México