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Los Condominios serán administrados por la persona física o moral que designe la asamblea en los términos de esta Ley,
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Resolver sobre la clase y monto de la garantía que deba otorgar el Administrador respecto al fiel desempeño de su
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Modificar la Escritura Constitutiva del Condominio y aprobar o reformar el Reglamento del mismo, debiéndose inscribir éstas en el Registro
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asamblea
En casos de suma urgencia, se convocará a Asamblea con la anticipación que las circunstancias lo exijan. Las determinaciones adoptadas
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procedimientos-bc-1
Cuando la asamblea se celebre en virtud de primera convocatoria, se requerirá de un quórum de asistencia del 75% de
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personas en asamblea
En el caso que el Reglamento o la Asamblea General de Condóminos no tenga o apruebe un propio procedimiento, se
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