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De acuerdo a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado de Nuevo León, en la Escritura Constitutiva, además de los documentos previstos en el Artículo 4 de esta ley, se harán constar lo siguiente:

  • La licencia de construcción o, a falta de ésta, la constancia de regularización de construcción expedida por la autoridad competente.
  • La ubicación, dimensiones, medidas, linderos y colindancias del inmueble que se sujetará al Condominio, si éste se ubica dentro de un conjunto o unidad habitacional deberá precisarse su separación del resto de las áreas. Asimismo, cuando se trate de un Condominio Maestro deberán detallarse los límites de los edificios o de las alas, secciones, zonas o manzanas de los Condominios que lo integran.
  • Una descripción general de las construcciones.
  • La descripción de cada Unidad de Propiedad Privativa, número, ubicación, colindancias, medidas, áreas y espacios para estacionamiento, si los hubiera, que lo componen.
  • El establecimiento de zonas, instalaciones o las adecuaciones para el cumplimiento de las normas decretadas para facilitar a las personas con discapacidad el uso del inmueble.
  • La superficie de cada Unidad de Propiedad Privativa y su porcentaje de Proindiviso en relación al área total del inmueble sometido al régimen de Condominio.
  •  Los espacios que se destinarán para Áreas Verdes, los cuales deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de la materia.
  • Las características del Condominio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de esta Ley, así como el destino de cada una de las Unidades de Propiedad Privativa.
  • La descripción de las Áreas Verdes y de las Áreas y Bienes de Uso Común, destino, especificaciones, ubicación, medidas, componentes y todos aquellos datos que permitan su fácil identificación.
  • La forma de designación del Administrador, sus facultades y poderes, así como, en su caso, su derecho a remuneración.
  • Los lineamientos a que se han de sujetar la convocatoria y las facultades de la asamblea general ordinaria y extraordinaria.
  • Los lineamientos para las notificaciones a los condóminos, las facultades del administrador y lo conducente referente a las licencias otorgadas por las autoridades competentes. Al apéndice de la escritura se agregarán en original o copias certificados los siguientes documentos: el plano general, los planos correspondientes a cada una de las Unidades de Propiedad Privativa, Áreas y Bienes de Uso Común con medidas y colindancias, el Reglamento Interno, así como todos los planos autorizados por la autoridad competente en la constitución del Condominio.